Introducción
Una de las consultas más frecuentes luego de un siniestro automotor es cuánto tiempo puede demorar legalmente la aseguradora en pagar o responder el reclamo.
La falta de información clara suele generar incertidumbre y coloca al asegurado en una situación de debilidad frente a conductas dilatorias de las compañías.
Conocer los plazos legales, qué ocurre cuando se incumplen y qué derechos asisten al asegurado resulta clave para evitar pérdidas económicas innecesarias.
¿Qué dice la ley sobre los plazos del seguro?
La Ley de Seguros N.º 17.418 establece que la aseguradora debe pronunciarse sobre el derecho del asegurado una vez denunciado el siniestro y aportada la información necesaria.
Este deber no es meramente formal:
la aseguradora no puede permanecer indefinidamente en silencio ni prolongar el trámite sin causa justificada.
Además, el principio de buena fe contractual impone a la compañía una conducta leal, diligente y razonable.
¿Cuánto tiempo tiene la aseguradora para responder?
No existe un único plazo rígido aplicable a todos los casos, pero la jurisprudencia ha sido clara en señalar que:
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El plazo debe ser razonable
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Debe evaluarse según la complejidad del siniestro
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No puede utilizarse la solicitud de documentación como excusa para demorar indefinidamente
Cuando la aseguradora cuenta con los elementos necesarios, la falta de respuesta o la demora injustificada no son jurídicamente neutras.
Demoras injustificadas: señales de alerta
Algunas conductas habituales que pueden indicar una demora indebida son:
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Solicitudes reiteradas de documentación ya aportada
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Falta de respuesta tras cumplir con todos los requisitos
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Cambios constantes en los argumentos del trámite
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Ausencia total de comunicación formal
Estas prácticas suelen generar un perjuicio directo al asegurado y pueden habilitar vías de reclamo más firmes.
El silencio de la aseguradora y sus consecuencias
Cuando la aseguradora no se pronuncia dentro de un plazo razonable, el silencio puede producir efectos jurídicos relevantes.
En determinados supuestos, la jurisprudencia ha considerado que:
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El silencio prolongado puede interpretarse como una aceptación tácita
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La aseguradora puede quedar impedida de invocar defensas tardías
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Se habilita la posibilidad de reclamar intereses o daños adicionales
Este punto resulta especialmente importante en los reclamos por siniestros automotores.
¿Qué puede hacer el asegurado frente a la demora?
Ante una demora injustificada, el asegurado puede:
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Intimar formalmente a la aseguradora
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Enviar carta documento
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Iniciar un reclamo administrativo
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Acudir a mediación prejudicial
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Promover una acción judicial
La estrategia adecuada depende del estado del trámite y de los plazos ya transcurridos.
Para un análisis integral de las vías disponibles y sus implicancias, puede consultar esta guía sobre
reclamos a aseguradoras por siniestros automotores.
¿Cuándo conviene consultar a un abogado especialista?
Resulta recomendable contar con asesoramiento profesional cuando:
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La demora supera lo razonable
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No existen respuestas claras de la aseguradora
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Se rechaza el siniestro fuera de plazo
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El monto en juego es significativo
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Existen consecuencias patrimoniales relevantes
Una intervención oportuna permite ordenar el reclamo y evitar errores estratégicos.
Preguntas frecuentes
¿La aseguradora puede demorar indefinidamente?
No. La demora injustificada puede generar consecuencias jurídicas.
¿El silencio equivale siempre a aceptación?
No automáticamente, pero puede producir efectos favorables al asegurado según el caso.
¿Qué documentación debo conservar?
Toda comunicación, constancia de denuncia y pedidos de la aseguradora.
Cierre
Conocer los plazos legales del seguro automotor permite al asegurado actuar con mayor seguridad y evitar abusos.
La información y el asesoramiento adecuado son claves para un reclamo eficaz.
Este artículo forma parte de una guía completa sobre reclamos a aseguradoras por siniestros automotores, donde se analizan los derechos del asegurado y las vías de acción disponibles.