Los reclamos a aseguradoras por siniestros automotores generan numerosas dudas entre los asegurados cuando la compañía no paga, demora o rechaza el siniestro. A continuación, puede consultar las preguntas frecuentes:
Para un análisis completo sobre reclamos a aseguradoras por siniestros automotores, puede consultar nuestra guía principal.
La aseguradora no me paga, ¿ya debo consultar a un abogado?
Si la compañía demora el pago, guarda silencio o rechazó el siniestro sin fundamentos claros, es conveniente analizar la situación antes de que transcurra más tiempo.
Cuanto más se demora una decisión estratégica, más difícil puede resultar revertir determinadas posiciones.
¿Vale la pena iniciar un reclamo si el monto no es muy alto?
Dependerá del tipo de cobertura y del perjuicio económico.
En muchos casos, una intervención adecuada permite obtener diferencias relevantes respecto de la oferta inicial.
¿El análisis inicial tiene algún compromiso?
Una evaluación preliminar permite determinar si el reclamo tiene viabilidad jurídica y cuál sería la estrategia más adecuada, sin que ello implique iniciar de inmediato una acción judicial.
¿Qué documentación debo tener antes de consultar?
Es útil contar con:
- Póliza.
- Denuncia del siniestro.
- Comunicaciones de la aseguradora.
- Oferta de indemnización (si la hubo).
Sin embargo, aun cuando no tenga todo ordenado, el caso puede analizarse.
¿Cuánto puede demorar una solución?
Dependerá de la vía elegida.
Algunos conflictos se resuelven mediante intimación formal o mediación. Otros requieren acción judicial.
El tiempo estimado se evalúa según el caso concreto.
¿Es obligatorio ir a juicio?
No siempre.
En muchos supuestos, una estrategia adecuada permite arribar a una solución antes de la instancia judicial.
¿Qué sucede si ya acepté parcialmente una oferta?
La situación debe analizarse técnicamente. En ciertos casos aún pueden revisarse diferencias si no existió una renuncia expresa y válida.
¿Qué pasa si el seguro me acusa de incumplimiento?
Cada causal invocada debe analizarse conforme la póliza y la normativa aplicable. No todo incumplimiento alegado justifica el rechazo del siniestro.
¿Puedo reclamar si el seguro me ofrece menos de lo que vale el auto?
Sí, siempre que el cálculo no se ajuste a la póliza o al valor correspondiente según contrato.
Aceptar sin revisión puede implicar resignar diferencias económicas significativas.
¿Cuándo conviene consultar a un abogado especialista en seguro automotor?
Cuando exista:
- Demora prolongada.
- Rechazo dudoso.
- Silencio injustificado.
- Oferta insuficiente.
- Conflicto interpretativo.
¿Qué documentación puede exigir legalmente la aseguradora?
La aseguradora solo puede exigir la documentación razonable y necesaria para verificar el siniestro y determinar el monto de la indemnización. No puede imponer requisitos excesivos ni reiterar pedidos con finalidad dilatoria.
En casos de robo total o destrucción total, suelen solicitar: denuncia policial, título del automotor, libre deuda de patentes, formulario 08 firmado y baja registral. Sin embargo, los requerimientos deben guardar proporcionalidad con el tipo de siniestro y no pueden convertirse en un obstáculo artificial para evitar el pago.
Cuando la documentación solicitada resulta desproporcionada o reiterativa, puede configurarse un incumplimiento contractual.
¿Puede la aseguradora reducir el monto de la indemnización?
La aseguradora solo puede reducir la indemnización si existe una cláusula válida en la póliza que lo justifique. No puede aplicar descuentos arbitrarios ni modificar unilateralmente el valor asegurado.
En la práctica, algunas compañías invocan depreciaciones, franquicias o supuestas exclusiones para disminuir el pago. Cada reducción debe analizarse a la luz de la póliza, la ley y el principio de buena fe.
Cuando la reducción carece de fundamento contractual claro, puede ser impugnada.
¿Qué ocurre si la aseguradora paga parcialmente el siniestro?
El pago parcial no extingue el derecho del asegurado a reclamar la diferencia si el monto abonado resulta insuficiente o incorrecto.
En estos casos, puede formularse una intimación formal solicitando el saldo pendiente, con fundamento técnico y contractual. Si la aseguradora mantiene su posición, el conflicto puede derivar en mediación o acción judicial.
Aceptar un pago parcial no implica renunciar automáticamente a reclamar el resto, salvo que se haya firmado un acuerdo expreso en tal sentido.
¿Cuándo se configura la mora de la aseguradora?
La mora de la aseguradora se configura cuando, vencidos los plazos legales para expedirse o pagar, la compañía no cumple su obligación sin causa justificada.
Una vez denunciado el siniestro y aportada la documentación necesaria, la aseguradora debe pronunciarse dentro del plazo previsto por la Ley de Seguros. Si guarda silencio o demora injustificadamente el pago, puede considerarse en mora.
La mora habilita el reclamo de intereses y, en determinados casos, responsabilidad agravada.
¿Puede considerarse abusivo el rechazo de un siniestro?
Sí. El rechazo puede considerarse abusivo cuando no está fundado en una causal prevista en la póliza o cuando se comunica fuera de los plazos legales.
Los rechazos genéricos, ambiguos o basados en interpretaciones extensivas de exclusiones suelen ser cuestionables. El análisis debe verificar la correspondencia entre la causal invocada y los hechos concretos del siniestro.
Un rechazo abusivo puede dar lugar a responsabilidad contractual y judicial.
¿Tiene dudas sobre su reclamo?
Cada siniestro presenta particularidades técnicas que pueden incidir en la estrategia a seguir.
Cuando la aseguradora demora el pago, rechaza el siniestro o formula una oferta insuficiente, un análisis jurídico adecuado permite determinar si corresponde avanzar y bajo qué modalidad.
Una revisión temprana del caso suele evitar decisiones apresuradas que puedan afectar derechos económicos relevantes.