Si te estás preguntando “cómo reclamar a tu aseguradora”, es porque sentís que la compañía no está cumpliendo con lo pactado en tu póliza. Este es un problema frecuente en el mercado y la ley ofrece herramientas claras para defender tus derechos.
Introducción
Cuando ocurre un siniestro, muchos asegurados descubren que su aseguradora no cumple con lo prometido en la póliza. Aparecen demoras injustificadas, pedidos documentales excesivos, rechazos poco claros o propuestas de pago muy por debajo de lo que corresponde.
Frente a esta situación, es habitual que el asegurado no sepa cómo actuar, ni cuáles son sus derechos reales frente a la compañía.
Sin embargo, el ordenamiento jurídico argentino ofrece herramientas claras y eficaces para reclamar cuando la aseguradora incumple el contrato de seguro.
Qué se considera un incumplimiento de la aseguradora
No todo conflicto con la compañía es un incumplimiento, pero sí lo es cuando la aseguradora:
- Rechaza el siniestro sin fundamento legal o contractual
- Demora injustificadamente el pago de la indemnización
- Exige documentación innecesaria o reiterada
- Ofrece una indemnización inferior a la que corresponde
- Interpreta la póliza de manera arbitraria o restrictiva
En estos casos, el asegurado no está obligado a aceptar la posición de la compañía.
La póliza no es la única norma aplicable
Un error frecuente es creer que la póliza es la única regla del vínculo con la aseguradora. En realidad, cuando el asegurado es un particular, la relación se rige por:
- La Ley de Seguros (Ley 17.418)
- La Ley de Defensa del Consumidor (Ley 24.240)
- Los principios de buena fe y trato digno
Esto significa que una cláusula contractual no puede ser utilizada para justificar abusos, aun cuando figure por escrito.
Primer paso: dejar constancia formal del reclamo
Ante un incumplimiento, el primer paso recomendable es formular un reclamo formal y documentado ante la aseguradora.
Esto puede hacerse mediante:
- Carta documento
- Correo electrónico fehaciente
- Presentación por los canales oficiales de la compañía
El objetivo es dejar constancia clara de:
- El siniestro denunciado
- El incumplimiento concreto
- La voluntad del asegurado de exigir el cumplimiento del contrato
Este paso es clave para evitar maniobras dilatorias posteriores.
Plazos legales y mora de la aseguradora
La Ley de Seguros establece que, una vez denunciado el siniestro y cumplidos los requisitos razonables, la aseguradora debe expedirse dentro del plazo legal de 30 días.
Cuando la compañía:
- No responde
- Se limita a “analizar el caso” indefinidamente
- No paga dentro del plazo correspondiente
puede configurarse la mora automática, con las consecuencias legales que ello implica: intereses, responsabilidad por daños y posibilidad de exigir el cumplimiento forzado.
Este escenario es muy frecuente en casos de robo total o destrucción total del vehículo, donde el asegurado queda a la espera durante meses.
Qué hacer si la aseguradora sigue sin cumplir
Si el reclamo inicial no obtiene respuesta satisfactoria, el asegurado cuenta con distintas vías:
- Reclamo ante organismos de defensa del consumidor
- Mediación prejudicial obligatoria (según jurisdicción)
- Inicio de una acción judicial contra la aseguradora
En esta instancia, resulta fundamental contar con asesoramiento jurídico especializado, ya que muchas negativas de las compañías no resisten un análisis legal serio.
Daños adicionales y sanciones posibles
Cuando el incumplimiento de la aseguradora genera un perjuicio mayor al asegurado, pueden reclamarse:
- Intereses compensatorios y moratorios
- Pérdida de uso del vehículo
- Daños derivados de la demora injustificada
- Daño punitivo, en casos de conducta grave o reiterada
Estas herramientas buscan desalentar prácticas abusivas por parte de las aseguradoras y equilibrar la relación contractual.
Conclusión
El asegurado no está obligado a resignarse frente al incumplimiento de su aseguradora. El derecho argentino brinda un marco sólido para exigir que la compañía cumpla con la cobertura contratada y responda adecuadamente ante un siniestro.
Conocer los pasos correctos para reclamar y actuar a tiempo permite evitar demoras innecesarias y defender eficazmente los derechos del asegurado.
En estos casos, reclamar a mi aseguradora no es solo un derecho: es una acción prevista por la Ley 17.418 y por la Ley de Defensa del Consumidor, que obliga a las compañías a responder dentro de plazos razonables.
Preguntas frecuentes:
- ¿Cuándo puedo reclamar a mi aseguradora por incumplimiento de la póliza?
Podés reclamar cuando la compañía no respeta las condiciones pactadas en la póliza o en la Ley de Seguros. Por ejemplo, si rechaza sin fundamento un siniestro, demora injustificadamente el pago, no responde dentro de los plazos legales o impone requisitos documentales abusivos. En todos esos casos, es posible reclamar a tu aseguradora por vía administrativa, de defensa del consumidor o judicial. - ¿Qué plazo tiene la aseguradora para aceptar o rechazar un siniestro?
Conforme al artículo 56 de la Ley 17.418, la aseguradora debe expedirse sobre el derecho del asegurado dentro de los 30 días de presentada la denuncia y la documentación básica. Si guarda silencio, se considera que el siniestro ha sido aceptado tácitamente y nace el derecho del asegurado a cobrar la indemnización. - ¿Cuánto tiempo tiene la compañía para pagar una vez aceptado el siniestro?
Aceptado el siniestro –en forma expresa o tácita– la aseguradora dispone de 15 días para pagar la indemnización debida. Vencido ese plazo, incurre en mora automática y el asegurado puede reclamar intereses, actualización y, según el caso, otros daños adicionales (pérdida de uso, lucro cesante, daño moral, daño punitivo, etc.). - ¿Qué puedo hacer si mi aseguradora no responde o dilata el trámite?
Si la compañía no responde, pide papeles irrelevantes o dilata el expediente, es recomendable:
- dejar constancia escrita de todos los reclamos (cartas, mails, notas),
- intimar en forma fehaciente, y
- acudir a las vías formales: instancia de Defensa del Consumidor, mediación prejudicial obligatoria o demanda judicial. La pasividad juega a favor de la aseguradora; por eso conviene actuar con asesoramiento profesional.
- ¿La relación con mi aseguradora se rige también por la Ley de Defensa del Consumidor?
Sí. En el caso de asegurados particulares, la relación con la compañía de seguros es una relación de consumo. Además de la Ley de Seguros, se aplican la Ley de Defensa del Consumidor y la normativa sobre contratos de adhesión y cláusulas abusivas. Esto permite cuestionar condiciones desproporcionadas, rechazos infundados y prácticas dilatorias de la aseguradora. - ¿Necesito un abogado para reclamar a mi aseguradora?
No es obligatorio, pero es altamente recomendable. La aseguradora cuenta con equipos técnicos y abogados especializados. Un profesional con experiencia en siniestros y seguros puede evaluar si el rechazo o la oferta son correctos, calcular la indemnización que realmente corresponde, negociar en mejores condiciones y, si es necesario, iniciar las acciones administrativas o judiciales para hacer valer tus derechos.
Nota final
Este artículo tiene carácter informativo. Cada situación concreta puede presentar particularidades que requieren un análisis jurídico específico.